CCT 88/90 · Educación Privada (personal no docente)

Jornada y licencias del personal no docente: qué dice el CCT 88/90

El Convenio Colectivo 88/90 (SAEOEP) regula al personal administrativo, de maestranza y de secretaría académica de institutos privados — no al personal docente. Repasamos qué dice sobre jornada y licencias.

Qué dice el convenio

Partes y ámbito

Convenio del Sindicato Argentino de Educadores de Enseñanza Privada (SAEOEP) — distinto de SADOP, que es el gremio docente. Alcanza al personal NO docente de institutos de enseñanza privada.

Jornada de trabajo (Art. 7)

45 horas semanales, con cese el sábado a las 12:00. No fija tope diario propio para el personal general — rige el genérico de 8 horas. Máximo 2 turnos por persona, con 45 minutos de descanso contado como trabajo.

Puestos con jornada reducida (Arts. 33–36)

Rehabilitación, tareas insalubres, serenos con ronda y telefonista de conmutador grande tienen 6 o 7 horas diarias. Son excepciones puntuales por puesto, no un régimen de equipos o rotación general.

Si el colegio también tiene personal docente, ese personal se rige por el convenio de SADOP, que ArcanRH todavía no tiene cargado. Confirmá el encuadre con tu contador o asesor laboral, o consultá el registro oficial del Ministerio de Trabajo.

Licencias especiales del convenio

Matrimonio· Art. 17 inc. a

15 días corridos

Nacimiento (padre)· Art. 17 inc. b

2 días hábiles

Fallecimiento· Art. 17 incs. c–d

4 días corridos (cónyuge / conviviente / padres / hijos / hermanos en CABA/GBA) · 7 días si el sepelio está a más de 300 km o en el exterior · 2 días (tíos / abuelos / sobrinos / nietos / suegros / yernos / cuñados)

Examen· Art. 17

3 días corridos por examen · máx. 18 días/año

Además aplican todas las licencias de la Ley de Contrato de Trabajo. Para el detalle vigente consultá el texto del convenio o tu asesor laboral.

Cómo lo aplica ArcanRH

  • Al crear la empresa con el CCT 88/90, el tope de 45 horas semanales y el catálogo de licencias del convenio quedan cargados.
  • Turnos ordenan los horarios de administración, preceptoría y maestranza, con el máximo de 2 turnos por persona.
  • Cada licencia se solicita desde el Portal del Colaborador y queda con los días que fija el Art. 17.
  • Legajos y documentación obligatoria de todo el personal no docente en un solo lugar.

Activá el CCT 88/90 en tu institución

Gratis hasta 2 empleados, sin tarjeta. Cargá tu nómina y las reglas del convenio se aplican solas.

Preguntas frecuentes

¿A quién alcanza el CCT 88/90?

Al personal NO docente de institutos de enseñanza privada — administrativos, preceptores, maestranza, secretaría académica. El gremio firmante es SAEOEP; el personal docente se rige por otro convenio (SADOP), que ArcanRH no tiene cargado.

¿Cuál es la jornada según el convenio?

45 horas semanales, con cese el sábado a las 12:00 (Art. 7). No fija un tope diario propio para el personal general — rige el genérico de 8 horas. Máximo 2 turnos por persona, con un descanso de 45 minutos que cuenta como trabajado.

¿Hay excepciones de jornada reducida?

Sí, para tareas puntuales: rehabilitación, tareas insalubres, serenos con ronda y telefonista de conmutador grande tienen 6 o 7 horas (Arts. 33 a 36). Son puestos individuales, no un régimen general.

¿ArcanRH liquida los sueldos del personal no docente?

No. ArcanRH ordena la operación diaria —legajos, fichaje, turnos, licencias, novedades— y exporta las novedades del período para que tu contador o tu sistema de liquidación haga los recibos.

ArcanRH es una herramienta de gestión informática. No constituye asesoramiento jurídico ni contable. La responsabilidad del cumplimiento normativo corresponde exclusivamente al empleador. Ante cualquier duda, consultá a tu asesor contable y/o legal.